El abogado Rafael Contreras afirma que el organismo competente para investigar venta de bonos es el BCV
La Ley del Mercado de Capitales, vigente al momento de la intervención de Banvalor y la mayoría de las casas de bolsa acusadas de irregularidades en el mercado permuta, exceptuaba de su ámbito de aplicación a los bonos de deuda pública. Por eso, las acciones de la Comisión Nacional de Valores contra estas compañías carecen de validez, afirma el abogado Rafael Contreras.
"La oferta y venta (de papeles del Estado) no se regían por esta ley, por lo que sus consecuencias jurídicas escapaban de la competencia del organismo rector (la CNV)", señala Contreras, especialista en Derecho Público y Mercantil. "La regulación de las negociaciones con títulos gubernamentales era competencia exclusiva del Banco Central de Venezuela", añade.
Contreras indica que la potestad de intervención que la normativa anterior en agosto fue sustituida por la Ley del Mercado de Valores otorgaba a la CNV estaba circunscrita únicamente a los casos en que la empresa de corretaje confrontase una situación económica difícil que pudiera ocasionar algún perjuicio a los accionistas, los acreedores o los clientes.
Reitera que las intervenciones de empresas bursátiles de los últimos meses, al estar motivadas por las acusaciones de irregularidades en el mercado permuta y ser promovidas por la CNV, son de nulidad absoluta. "La institución era incompetente para inspeccionar, supervisar o realizar cualquier acto relacionado con negociaciones con bonos de deuda pública".
Como las intervenciones ejecutadas por esta razón son nulas, agrega Contreras, todos los actos que se desprenden de ellas como la aprehensión de directivos de casas de bolsa y sociedades de corretaje también lo son. "Las acciones de las instituciones estatales sólo pueden ser en cumplimiento de las funciones que les asignan las leyes".
Negociación autorizada. La falta de competencia de la Comisión Nacional de Valores para intervenir casas de bolsa y sociedades de corretaje por irregularidades en la venta de bonos de deuda pública no es el único problema de este caso.
El abogado considera que hay una serie de contradicciones en el Gobierno con relación al manejo de este asunto.
La primera contradicción es que la denominación en moneda extranjera de los títulos de interés y capital cubierto fue una decisión del Ejecutivo para proteger a los tenedores de una futura devaluación. "El Estado, a través de sus instituciones, hacía oferta pública de bonos denominados en dólares que podían ser pagados en bolívares".
La segunda es que las operaciones con títulos de interés y capital cubierto en el mercado permuta fueron autorizadas por el BCV. "Si las empresas actuaron sobre la base de lo que el Estado dijo que estaba permitido hacer, cómo pueden intervenirlas porque lo hicieron. No hay seguridad jurídica".
Otra contradicción es que la Ley contra Ilícitos Cambiarios vigente cuando las empresas realizaron las operaciones cuestionadas, exceptuaba de la prohibición de comprar y vender divisas por fuera del BCV los títulos valores. "El delito puede ser imputado si estaba tipificado como tal cuando fue cometido", apunta.
Las autoridades también se contradicen cuando afirman que el aumento de la inflación fue provocado por las transacciones de permuta, señala.
"El informe anual del instituto emisor dice que las actividades del mercado secundario eran tan marginales que no tenían incidencia en la economía nacional".
Sin derecho a defensa. En el caso de Banvalor, además de la intervención irregular, Contreras asegura que hay anomalías en la detención de José Ignacio Rivero, gerente general de la casa de bolsa, y en las órdenes de aprehensión dictadas contra los hermanos Leopoldo y Gabriel Castillo Bozo, propietarios de la empresa.
Rivero fue llamado por los interventores 10 días después de aplicada la medida para responder preguntas y al llegar fue apresado, recuerda. "Las autoridades alegaron flagrancia, pero no la hubo porque el delito del que lo acusan venta ilícita de TICC no se cometió al momento de su detención".
Contreras agrega que el juez que llevaba la causa reconoció que no se trataba de un hecho flagrante y anuló la orden de aprehensión, pero la liberación de Rivero nunca se concretó porque la Fiscalía apeló.
"Sus derechos a la defensa, al debido proceso y a la libertad están siendo violados".
Los hermanos Castillo Bozo tampoco tuvieron derecho a defenderse y a tener un proceso justo, según el abogado, pues la orden de detención contra ellos se dictó sin citarlos para notificar la investigación, escuchar sus testimonios y permitir que presentarán pruebas.
Pero lo más grave, en opinión del especialista, es que se ordenó la medida por un delito que no fue imputado por la Fiscalía. Igual pasó con Rivero, apresado por simulación de operaciones bursátiles pero luego acusado solamente de comercialización ilícita de divisas.
Confiscación disfrazada
En un documento enviado a la fiscal general Luisa Ortega Díaz en septiembre, el ministro de Planificación y Finanzas, Jorge Giordani, admite la legalidad de las operaciones con títulos de interés y capital cubierto, al estar autorizadas por el Banco Central de Venezuela.
Aclara, sin embargo, que no es lícito el uso de los papeles para obtener dólares en fraude con lo establecido en la Ley contra Ilícitos Cambiarios. "Los TICC fueron emitidos para el financiamiento de programas estratégicos y en ningún caso para provocar alzas artificiales en el valor de las divisas".
El abogado Rafael Contreras, especialista en Derecho Público y Mercantil, rechaza que la venta de papeles del Estado para conseguir dólares represente un fraude a la Ley contra Ilícitos Cambiarios o a cualquier otra normativa.
Afirma que el fraude ocurre cuando se utiliza una norma para violar su sentido, y acusa al Gobierno de haber incurrido en ese delito al usar la intervención incluida en las leyes para confiscar Banvalor.
"La Constitución prohíbe las confiscaciones. Entonces las autoridades, para eludir lo que establece la carta magna, usaron la intervención.
La medida no fue para resolver un problema sino para eliminar la empresa".
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