El Consejo Bancario Nacional recuerda que el 2 de noviembre de 1995 entró en vigencia la norma que regula el horario de servicio al público, conforme a la cual, previa solicitud y con la autorización del CBN, cada banco o institución financiera podrá prestar servicios al público los días festivos señalados en el calendario bancario, según resulten las necesidades de su clientela y la conveniencia de sus servicios.
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