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marzo 14, 2011

Ley de Alquileres de Venezuela señala que los arrendamientos son de interés público


El proyecto denominado Ley
 para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas declara que los alquileres "son de interés público general, social y colectivo". 
El nuevo texto va más de la Ley vigente, que fue modificada en el año 1999, porque ajusta su ámbito de aplicación. El pasado dos de marzo las organizaciones que agrupan a los inquilinos consignaron ante la Asamblea Nacional la reforma de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios con el fin de establecer más regulaciones al alquiler de casas y habitaciones, pero la propuesta también controlará la construcción y venta de viviendas principales. 

El marco legal actual norma a las edificaciones que fueron realizadas antes de 1987, en la propuesta ya no existen esos topes, y los controles se instrumentarán a todos los inmuebles sin importar su tiempo de construcción. Según los voceros de los inquilinos, si la vivienda fue terminada ayer y se alquila, la misma se regula. 

La ley reglamentará las rentas en pensiones y cuartos de casas particulares, porque para los movimientos de inquilinos en esos alquileres también se registra especulación. 

El arrendamiento de una vivienda ahora se tiene que enfrentar a más pasos. Los contratos requerirán de la revisión previa por parte de la Dirección de Inquilinato y una vez firmado el acuerdo, el documento debe remitirse a esa instancia, porque existirá un censo de contratos de alquiler. 

Adicionalmente, los cálculos de los cánones de arrendamiento se tendrán que efectuar de acuerdo a la metodología prevista en el texto. 

Las garantías que solicitan los propietarios al momento de arrendar se modifican, y las familias que alquilen tendrán que realizar dos meses de depósitos, cuando ley actual contempla cuatro meses. 

La propuesta establece la obligatoriedad de vender soluciones habitacionales. Las disposiciones transitorias indican que los propietarios de edificios de vieja data tienen que ofertar las viviendas a las familias que las habitan y la banca tiene que orientar créditos para esas adquisiciones. 

A las ventas se les imponen condiciones, debido a que aquellos que oferten las viviendas deberán realizar descuentos en los precios, los cuales dependerán de los años de contrato. 

Ante lo previsto en el proyecto, las constructoras ahora tienen que afrontar otro paso más para la realización de desarrollos habitacionales, debido a que requieren de un permiso adicional de Inquilinato. 

Y ese permiso se debe a que las constructoras de complejos habitacionales deberán destinar un porcentaje de apartamentos al arrendamiento, luego de un tiempo tendrán que venderlos a esas familias. 

El proyecto, que será revisado por una comisión especial del Parlamento, prohíbe los cobros por mostrar los inmuebles en oferta para rentar, y aquellos que lo hagan tendrán sanciones de 400 unidades tributarias (30.400 bolívares). 

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