Hoy la Gaceta Oficial Nº 39.664 publicó que el Ministerio del Poder Popular para Vivienda y Hábitat de Venezuela emitió una resolución mediante la cual se establece en 12% el porcentaje mínimo de la cartera de crédito bruta anual.
Porcentaje que, con carácter obligatorio, deben colocar con recursos propios las instituciones del sector bancario obligadas a conceder créditos hipotecarios destinados a la adquisición y construcción de vivienda principal dentro de la Gran Misión Vivienda Venezuela. Toda la banca debe destinar 12% de su cartera crediticia a préstamos hipotecarios.
El porcentaje anterior era de 10%, establecida el año pasado. Desde 2005 los bancos están obligados a destinar un porcentaje de su cartera bruta de créditos al sector inmobiliario.
Señala la resolución que los fondos deben ser destinados a la "construcción o adquisición de vivienda principal dentro de la Gran Misión Vivienda Venezuela, GMVV"
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