abril 27, 2011

Decreto No. 8.166 de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Alimentación o cesta ticket pa´to el mundo


La Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela publicó hoy el Decreto No 8.166,  en la Gaceta Oficial 39.660 del 26 de abril de 2011 que circula hoy, con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Alimentación para los Trabajadores.
Reza la Gaceta que los empleadores tanto del sector público como el privado deben otorgar a los trabajadores una comida balanceada durante la jornada laboral. Quedan excluidos aquellos trabajadores que su salario exceda de tres salarios mínimos.

También detalla el diario oficial que no se podrán suspender el otorgamiento del cestatickets a aquellos trabajadores que se encuentren de vacaciones, reposo que no exceda de 12 meses y descanso pre y posnatal.  








Para ver el Decreto No 8.166 completo, haz click aquí.




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