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julio 14, 2011

Asamblea Nacional venezolana comenzó revisión Ley de Arrendamiento para segunda discusión

La propuesta, que fue entregada en marzo por las organizaciones de inquilinos, establece la creación de un censo de contratos de arrendamiento, deja en manos de la Dirección de Inquilinato la fijación de los cánones, establece un plazo para que los propietarios de los inmuebles en alquiler vendan los apartamentos a los inquilinos y crea nuevas formas de expropiación. La Comisión de Administración y Servicios de la Asamblea Nacional venezolana inició la revisión de la reforma de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios para elaborar el informe que será llevado a segunda discusión. 

La intención de los parlamentarios es que la modificación del marco legal esté lista antes de que termine el primer período de sesiones el próximo 15 de agosto. 

En la reunión ordinaria de la Comisión los diputados realizaron una evaluación de los resultados de la consulta pública que se hizo en junio y aprobaron el artículo 1 del proyecto que corresponde al objeto del marco legal. Esa disposición indica que el texto "es el régimen jurídico aplicable al arrendamiento de los inmuebles destinados a vivienda, habitación o pensión". 

El vicepresidente de la instancia parlamentaria, César Rincones, señaló que para avanzar en la revisión de la ley se realizarán sesiones dos veces a la semana. 

MAH
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mayo 31, 2011

Precios de alquiler de viviendas serán fijados por el Gobierno venezolano con base en la antiguedad


El pasado 5 de mayo el Presidente Hugo Chávez autorizó a las organizaciones de inquilinos a gestionar la adquisición de 100 inmuebles en el Área Metropolitana de Caracas, y el 23 de mayo fue publicado el aviso con la citación a los dueños de esas edificaciones. Ricardo Medina, vocero de la Red Metropolitana de Inquilinos, señaló que en el procedimiento de adquisición de los inmuebles "se quieren evitar valores especulativos" y apuntó que para estimar los precios se tomarán en cuenta la antigüedad de los bienes así como las condiciones. El Gobierno en el marco de la misión Vivienda Venezuela no sólo contempla la producción de unidades, sino también la adquisición de aquellos inmuebles que están en alquiler. 

La semana pasada la Vicepresidencia de la República inició el proceso para el traspaso de propiedad de los edificios arrendados y esa intermediación, según las autoridades, es para garantizar que la venta sea a un precio justo. 

Apuntó Medina que "los precios estarán sujetos a la situación de los edificios" y expresó que en algunos casos no será considerado el valor de la tierra, debido a que esas edificaciones están en terrenos municipales. 

Para la estimación de los precios se empleará una metodología y la Vicepresidencia se encargará de definir la instancia que efectuará los cálculos. 

Los voceros de la Red de Inquilinos señalaron que la semana pasada acudieron algunos propietarios, quienes entregaron la documentación y expresaron su voluntad de vender. Pero aún quedan casos pendientes, por lo cual se analiza una extensión de la convocatoria. 

Las organizaciones estiman que si los acuerdos con los dueños de los edificios son amistosos, éstos se encargarían de vender los apartamentos a los inquilinos. Si no existen pactos, los procesos quedarían a cargo de alguna instancia que definirá la Vicepresidencia. 

Los inquilinos, según Medina, adquirirán las viviendas a precios justos y además recibirán financiamientos de las instituciones estatales. 

Cuando se concreten las ventas de las unidades, los arrendados serán consultados sobre si el proceso se realiza bajo el régimen de propiedad horizontal o de propiedad familiar 

La propiedad familiar fue creada por el Gobierno el pasado mes de abril y por esa vía se simplifican algunos de los procedimientos contemplados en la Ley del Régimen de Propiedad Horizontal. 

Esa compra de inmuebles que adelanta el Gobierno es similar al proceso previsto en el proyecto de reforma de la Ley de Arrendamientos, que fue presentado en marzo. 

En las disposiciones finales de esa propuesta se establece un plazo para que los propietarios vendan los edificios y si no se aceptan los términos serán objeto de expropiación. 

Esta semana la Comisión de Administración y Servicios de Asamblea iniciará la consulta pública de esa modificación de la Ley de Arrendamientos. 

Durante todo el mes de junio se estará efectuando el proceso con lo cual quedaría para julio la elaboración del informe final, que será sometido a segunda discusión en el Parlamento. 

La instancia trabajará con el proyecto aprobado en primera discusión en 2007 y con la propuesta consignada por las organizaciones de inquilinos. 

En el texto entregado por las redes de inquilinos, además del procedimiento de venta de los inmuebles, se deja en manos del Ministerio de la Vivienda la estimación de los cánones de arrendamiento. 

Uno de los aspectos que se está evaluando es si incluye o no en la reforma del marco legal el capítulo correspondiente a las desocupaciones, debido a que el Ejecutivo Nacional, a través de la Ley Habilitante, autorizó la Ley Contra los Desalojos Arbitrarios. 

marmas@eluniversal.com
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mayo 11, 2011

Inquilinos venezolanos iniciaron gestiones para compras de viviendas en alquiler


Viviendas en construcción con foto de Chávez
"Si el acuerdo con el dueño de la edificación es amistoso, éste se encargaría de vender los apartamentos a los inquilinos. Si no existen pactos, los procesos quedarían a cargo de alguna instancia que defina la Vicepresidencia de la República Bolivariana de Venezuela". Rigel Sergent indicó que de acuerdo al esquema de negociación, las operaciones de venta las podrían ejecutar los propietarios o los entes estatales. 

El pasado jueves el Presidente, Hugo Chávez autorizó a las organizaciones que agrupan a los inquilinos, a gestionar con los propietarios de las edificaciones destinadas al arrendamiento la compra de esos inmuebles, y esta semana los grupos iniciarán esas negociaciones. 


Rigel Sergent, vocero de la Red Metropolitana de Inquilinos, explicó que en el transcurso de la semana serán publicadas las convocatorias en las cuales se citarán a los dueños de los edificios a fin de empezar los procesos de adquisición.



Las organizaciones tienen el aval para negociar 100 edificios en el Área Metropolitana de Caracas y según los voceros, habrá dos procedimientos: compra de la edificación o adquisición de los apartamentos. 



De acuerdo al listado publicado por esas instancias, en 90 edificios todas las viviendas están alquiladas, y en 10 existen tanto propietarios como inquilinos, y allí se comprarían los apartamentos, debido a que los inmuebles están bajo el régimen de propiedad horizontal. 



La Vicepresidencia está asumiendo la coordinación de las negociaciones, por lo tanto puede delegar en un ente adscrito o dejar en el Ministerio de la Vivienda todos los procesos. 



El vocero de la Red de Inquilinos, expresó que el Estado tiene participación, porque será "el garante de que habrá un precio justo, que no habrá un precio especulativo". 



Para la determinación de los costos las organizaciones tienen una metodología de cálculo, similar a la que se encuentra en la propuesta de reforma de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, que está en revisión en la Asamblea. 



Los voceros de los inquilinos, apuntaron que para la estimación de los precios de venta se tomará en cuenta el valor de la tierra, así como el valor de la edificación (antigüedad, estado del inmueble, entre otros). 



Cuando se autorice la operación de venta bien sea del edificio o el apartamento, los inquilinos recibirán financiamientos, que serán entregados por las instituciones financieras del Estado, dijo Sergent. 



El representante de la Red de Inquilinos, apuntó que cuando se concrete la adquisición del edificio se le consultará a los arrendatarios, si quieren que la vivienda se encuentra bajo el régimen de propiedad horizontal o bajo el nuevo régimen de propiedad familiar. 



La propiedad familiar fue creada por el Gobierno el pasado mes de abril y por esa vía se simplifican algunos de los procedimientos contemplados en la Ley del Régimen de Propiedad Horizontal. 



Sergent indicó que este proceso que se realizará en el Distrito Capital forma parte de una primera avanzada, ya están recibiendo propuestas para hacer procedimientos similares en otras entidades. Hasta ahora se han presentado casos de los estados Carabobo y Mérida. 



Por otra parte, el presidente del Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (Indepabis), Augusto Montiel anunció que las instituciones financieras tendrán un año para terminar las desarrollos habitacionales que fueron expropiados y ocupados en noviembre del 2010. 



Destacó que la semana pasada se firmó un acuerdo con la banca, en el cual las entidades se comprometieron a terminar más de 24.000 viviendas que están ubicadas en esos complejos. 



El funcionario comentó que pronto serán protocolizadas cerca de 5.000 soluciones habitacionales que se encuentran en esos desarrollos. 
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mayo 10, 2011

Desalojo de inquilinos en Venezuela con nueva ley procederá cuando se garantice otra vivienda primero


"La Ley preserva el derecho del pequeño propietario que tiene otra vivienda y la utiliza como fuente de ingreso, así como el derecho de disponer de su bien, pero en el marco de la Ley y la Constitución". 

Considera que "un amplio porcentaje de los edificios que están destinados al alquiler no son de los pequeños propietarios, que tienen uno o dos apartamentos, sino que se ha desarrollado toda una estructura por parte de las inmobiliarias de compras de edificios y hacer de eso un negocio". El Gobierno en menos de cinco meses ha aprobado, por medio de la Habilitante, cuatro marcos legales para el sector habitacional. Uno de ellos es la recién publicada Ley contra el Desalojo Arbitrario de las Viviendas, que regula las desocupaciones de los inquilinos. 

En la Gaceta Oficial No. 39.668 del seis de mayo, está el texto que señala ya no se podrán efectuar medidas forzosas y si hay acuerdos para desalojar el inmueble, el abandono será en un lapso no mayor a 180 días hábiles, sin embargo, dicho proceso se condiciona. 

El texto añade que las ejecuciones (desocupaciones) de las familias alquiladas no serán procedentes, si antes no se garantiza el destino habitacional de los afectados, y la búsqueda de las casas queda a cargo del Ministerio de la Vivienda. 

El pasado mes de enero el Tribunal Supremo de Justicia emitió una decisión en la cual suspendió cualquier acción judicial sobre los inmuebles destinados a vivienda principal. Ahora hay una ley que establece los pasos para proceder a las desocupaciones. 

Para el desalojo el propietario de la vivienda tiene que realizar dos procesos. Primero debe notificar al despacho de la Vivienda la petición de desocupación, y luego el Ministerio se encargará de hacer las audiencias conciliatorias. 

Si no se logran acuerdos por medio de esas audiencias, el propietario puede efectuar la demanda ante un tribunal y si el fallo es favor del dueño, se procede al desalojo. 

Por las dos vías (audiencia o fallo) la desocupación se realizará por etapas. 

La Ley indica que "los funcionarios judiciales durante un plazo no menor a 90 días hábiles y no mayor a 180 días hábiles no podrán realizar ninguna actuación judicial que implique el cese sobre la posesión legítima del bien, bien sea que se encuentre en ejecución voluntaria o forzosa". 

El presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur), Roberto Orta, explica que ese plazo contemplado en el marco legal se convierte en el período de notificación al inquilino para que abandone el inmueble. 

En ese lapso de 90 a 180 días hábiles se verificará que los inquilinos hayan contado con la asistencia de un defensor y se remitirá al Ministerio de la Vivienda la solicitud "mediante la cual dicho órgano deberá disponer de un refugio temporal o solución definitiva para el afectado por el desalojo". 

El texto indica que "en todo caso, no se procederá a la ejecución forzosa sin que se garantice el destino habitacional de la parte afectada por ser este un derecho de interés social e inherente a toda persona". 

El nuevo marco legal expresa cuando se tenga que ejecutar un desalojo, el mismo no se puede llevar a cabo en horario nocturno, de madrugada, ni los días viernes, sábados y domingo. 

El uso de la fuerza pública se requerirá solo cuando sea estrictamente necesario, "circunstancia que deberá certificar un defensor". Agrega que "ese uso se hará en condiciones tales que garanticen el derecho de los afectados". 

Pese a las condiciones que se establecen para el desalojo, el Vicepresidente, Elías Jaua, asegura que el marco legal no vulnera los derechos de los propietarios de inmuebles. 


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mayo 06, 2011

Autorizan en Venezuela a los inquilinos negociar traspasos de propiedad


El Presidente, Hugo Chávez Frías en Consejo de Ministros, anunció que uno de los puntos de cuenta aprobado ayer fue el inicio de la compra de 99 edificaciones, cuyos apartamentos están arrendados, y apuntó que en ese procedimiento el Estado será el intermediario a fin de que la venta de las viviendas se haga "a un precio justo". El Gobierno autorizó más leyes en materia de trabajo, vivienda y propiedad y dio el permiso a las organizaciones de inquilinos para que negocien la adquisición de edificios que están destinados al alquiler. 

Esa negociación será realizada por la Red Metropolitana de Inquilinos. Según el mandatario, "en esos edificios hay inquilinos y las viviendas hay que venderlas". El Vicepresidente, Elías Jaua agregó a ese punto, que para la adquisición de los apartamentos se prevé la entrega de créditos. 

El procedimiento anunciado por el jefe de Estado ya está contemplado en la propuesta de Ley de Regularización y Control de los Arrendamientos, que está en manos de la Asamblea Nacional. En ese proyecto se ordena a los propietarios de edificios en alquiler a venderlos, y de no hacerlo bajo los parámetros fijados en el marco legal se autoriza la expropiación. 

El Presidente Chávez, entre otras medidas, dijo que también fue aprobada la Ley contra los Desalojos y Desocupaciones Arbitrarias de Viviendas, sin embargo no dio detalles del contenido de ese texto. 

Ya desde el pasado mes de enero el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó a los jueces a suspender cualquier acción contra las viviendas, lo que incluye a los desalojos. 

En materia de propiedad, el mandatario autorizó mediante la Habilitante, la Ley de Regularización Integral de la Tenencia de la Tierra en Asentamientos Urbanos y Periurbanos. Aseveró que todos esos terrenos serán de propiedad social. 

El Vicepresidente añadió que por medio de ese texto se le quita el "carácter de mercancía a la tierra y se establece la visión social y de utilidad pública para quienes la ocupan". 

El Ejecutivo Nacional en el Consejo de Ministros dio el visto bueno a 11 proyectos de construcción de soluciones habitacionales, los cuales serán efectuados por los movimientos de pobladores, siendo la inversión 210,4 millones de bolívares. 

Para la ejecución de esos proyectos, el Presidente aprobó la expropiación de cinco terrenos de 28.648 metros cuadrados así como la transferencia seis terrenos al Ministerio de la Vivienda, que luego serán cedidos al campamento de pioneros. 

Adicionalmente, autorizó a la ocupación de 30 edificios abandonados, los cuales serán para aquellas familias que se encuentran en los refugios. 

El mandatario instó a la banca a otorgar financiamientos para culminar 23.425 viviendas. 

Otra ley 

Chávez indicó que por la vía de los poderes especiales aprobó la Ley para la Dignificación de los Trabajadores Residenciales (conserjes), sin embargo, no ahondó en el detalle del contenido de ese marco legal, solamente indicó que ya saldrá publicada en Gaceta Oficial. 

Previo a los anuncios de las nuevas leyes, el Presidente volvió a destacar el comportamiento que está registrando el ingreso por hogares y expresó que el mismo ya está en un promedio de 3.500 bolívares. 

"Ese ingreso hay que administrarlo y uno de los mecanismos debe ser el frenar el consumismo, luchar contra la especulación. Hay que anotarse en el registro nacional de vivienda, anotarse en las listas de solicitudes de los electrodomésticos. Hay que ahorrar, ahorrar y ahorrar. Que no se vaya el ingreso, no nos dejemos atrapar por esas trampas capitalistas, esas de las ofertas". 

Insistió en que las personas que más ganen son las que deben pagar más al fisco. "El Impuesto sobre la Renta (ISLR) pecha a todos por igual. Tiene que pagar el que más tiene, por ello se tienen que revisar las estructuras de las leyes". 
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abril 16, 2011

Ejecutivo venezolano extiende por 6 meses más regulación a los alquileres


En la Gaceta Oficial venezolana No. 39.656 del 14 de abril se publicó la normativa que indica que la medida de congelación se amplía hasta el próximo mes de octubre. La norma señala que "los arrendadores que incumplan la resolución o incurran en los delitos de especulación o usura serán sancionados con la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios y la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios". 

Según la información que se maneja en el sector inmobiliario, la regulación ha impactado en el mercado y en el 2003 de la oferta de inmuebles 30% se alquilaba, en 2010 era el 6%. El Ministerio de Vivienda y el Ministerio de Comercio publicaron la resolución que extiende por seis meses más la regulación a los alquileres de unidades habitacionales. 

Desde hace ocho años el Gobierno tiene congelados los alquileres de acuerdo a los cánones de arrendamiento del año 2002 y la medida aplica a todos aquellos inmuebles que fueron construidos antes de 1987.  

Actualmente, la Asamblea se prepara para efectuar una modificación de la Ley de Arrendamientos. 

MAH 
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marzo 30, 2011

Según la Asamblea Nacional de Venezuela, CNE avaló firmas que respaldan el proyecto de Ley de Arrendamiento


La plenaria de la Asamblea Nacional decidió delegar en Diosdado Cabello-, quien tendrá que decidir la fecha de presentación del informe final-presidente de la Comisión de Administración y Servicios la revisión de la reforma de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios y sugirió a los diputados de esa instancia solicitar la urgencia reglamentaria para aprobar el marco legal cuya intención es autorizar de la manera más rápida la modificación del texto. 

El vicepresidente de la Comisión de Administración y Servicios, César Rincones señaló que más allá de la fecha, en la reunión de la instancia deben aclararse algunas aspectos, siendo uno de ellos la primera discusión. 

Indicó que en 2007 el Parlamento aprobó en primera discusión la modificación de la Ley de Alquileres, por lo cual la Comisión tendría que presentar es un informe para segunda discusión. 

Eso significa que a la propuesta autorizada en 2007 se le tendrán que realizar los ajustes. El diputado destacó que el Reglamento del Parlamento (reformado en diciembre) señala que "la Asamblea Nacional no admitirá o aprobará en primera discusión proyectos que sean iguales en esencia al que se discute". 

Rincones expresó que de acuerdo a lo previsto en esa norma los pasos que faltan por definir son: el cronograma de consultas y revisión de las propuestas. 

Durante la plenaria, la directiva informó que el CNE avaló las firmas que respaldan el proyecto. MAH 
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marzo 18, 2011

Apiur: leyes inmobiliarias crean otras vías para expropiar


Roberto Orta, presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur), explicó que esos dos instrumentos contemplan vías adicionales a las previstas en la Ley de Expropiaciones por Causa de Utilidad Pública. 
Y en ese contexto, detalló que la Ley de Emergencia incorpora las ocupaciones de urgencia, mientras que en la Ley de Expropiaciones solo existen ocupaciones previas y temporales. 
La Ley de Emergencia de Terrenos y Vivienda y la reforma de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios crean nuevos procedimientos para la expropiación de tierras e inmuebles. 

Según el texto vigente desde el pasado mes de enero, las ocupaciones de urgencia aplican cuando los bienes hayan sido declarados de utilidad pública y tengan la calificación de urgente. Orta aseguró que por ese mecanismo se elimina el juicio de expropiación, previsto en otras leyes, y el justiprecio pasa a ser fijado por el Gobierno. 

Explicó que la reforma de la Ley de Arrendamientos también contempla otra forma de expropiación, debido a que cuando se tomen los inmuebles por los incumplimientos a la ley, las viviendas serán adjudicadas a los inquilinos en un plazo de 30 días, con lo cual nuevamente se omiten los juicios por expropiación y los cálculos para los justiprecios. 

El proyecto que fue entregado a la Asamblea Nacional ordena a los propietarios de inmuebles destinados al alquiler y que hayan sido construidos antes de 1987, a vender las viviendas a los inquilinos, si ese procedimiento no se realiza de acuerdo los pasos establecidos por la Dirección Nacional de Inquilinato se procederá a la expropiación y en 30 días se adjudicarán los apartamentos. 

Ese texto además contempla la expropiación para aquellos propietarios que incumplen el marco legal. Si un propietario reincide por tercera vez en las faltas y tiene más de cinco inmuebles será objeto de expropiación por parte de Inquilinato y los bienes serán adjudicados a los arrendatarios. 

Ante esos nuevos marcos legales, el presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela, Aquiles Martini, aseguró que la construcción seguirá en recesión y apuntó que la actividad está afectada tanto por la escasez de materiales como por la inseguridad jurídica. 

Expresó que por ejemplo la Ley de Emergencia de Terrenos incrementa las atribuciones del Presidente en el área de construcción, limita la disposición de la propiedad y violenta la planificación urbana. 

Sobre la Ley de Arrendamientos, dijo que al igual que el texto anterior no respeta la propiedad, porque condiciona las ventas de las casas, elimina las prórrogas legales y crea un conflicto entre propietarios e inquilinos, entre otros puntos. 

Consecuencia 

En el foro Ley de Arrendamiento Inmobiliarios y Ley de Emergencia de Vivienda, organizado por Cedice, Aquiles Martini reiteró que con esos textos la producción de soluciones habitacionales se reducirá, el número de viviendas paralizadas se incrementará y, adicionalmente, el mercado de alquileres se restringirá más. 

El pasado año el sector público y el sector privado terminaron 61.000 viviendas, cuando en 2009 se realizaron cerca de 100.000 unidades, de manera que hubo una caída de 39%, para Martini ese comportamiento se mantendrá en este 2011. 

En 2010 el número de viviendas paralizadas llegó a 69.000 unidades, siendo el aumento de 137%, respecto al ejercicio anterior, y para este lapso, el presidente de la organización no descarta que el número de viviendas sin ejecutar crezca. 

Aquiles Martini indicó que el impacto también se observará en el mercado de alquileres. "Actualmente de los inmuebles que están en oferta, solamente 6% es lo que se está arrendando y ello se reducirá. ¿Quién alquilará en estos momentos? Ya no se puede disponer de la propiedad". 
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marzo 15, 2011

Apiur considera que propuesta de ley venezolana crea inamovilidad en las conserjerías


El presidente de Asociación de Propietarios de Inmuebles, indica que adicionalmente el proyecto crea una inamovilidad laboral en las conserjerías. El texto señala que "queda excluida del régimen de la ley la ocupación de vivienda, habitación o pensión que sean consecuencia o con ocasión de una relación laboral, exceptuándose los conserjes". 

Para Orta "la inclusión de los conserjes en el ámbito de la ley busca perpetuar a éstos en las consejerías, ya que el conserje es un empleado y su relación laboral nada tiene que ver con un contrato de arrendamiento, su relación está regida por la Ley Orgánica del Trabajo y con ello se está autorizando una inamovilidad laboral especial". 

El proyecto de reforma de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios condiciona los desalojos de las viviendas. Las familias podrán dejar las unidades cuando la Dirección de Inquilinato les asigne nuevos apartamentos en los desarrollos que estén haciendo el Estado o los privados. 

La propuesta, elaborada por las organizaciones que agrupan a los inquilinos, detalla que "la prórroga arrendaticia (plazo para abandonar el inmueble) será el tiempo que demore Inquilinato en dar al arrendatario una nueva solución, de aquellas que construya el Estado o de aquellas que los privados por obligatoriedad de la Ley, tengan a bien entregar en arrendamiento". 

Esa disposición dista de lo previsto en la Ley de Alquileres vigente, que señala que la prórroga que tienen los inquilinos para desalojar las viviendas oscila entre seis meses y tres años, plazo que se aplica según los años de contrato. 

El presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur), Roberto Orta explica que la prórroga legal es una figura que otorga a los propietarios e inquilinos, la certeza de la fecha de entrega del inmueble, pero comenta que el artículo previsto "quita validez a toda sentencia". 

"La ejecución del desalojo dependerá al final de una decisión del Ejecutivo, y por lo tanto el inquilino se puede perpetuar en el inmueble". Agrega que esa disposición crea una situación similar a la generada por el Tribunal Supremo de Justicia, que el pasado mes de enero suspendió cualquier acto judicial sobre los inmuebles, lo que abarca demandas por desalojos y juicios por invasiones. 

Incertidumbre 

Para la organización la propuesta también genera inquietud sobre la propiedad. En el proyecto se ordena a los dueños de aquellas edificaciones que están destinadas al alquiler y que fueron construidas antes de 1987, a vender los apartamentos a los inquilinos en un lapso de 180 días, luego de la entrada en vigencia de la ley. Si los propietarios de los inmuebles no se presentan ante Inquilinato, esta instancia realizará la expropiación del bien. 

Roberto Orta apunta que ello genera incertidumbre en las edificaciones mixtas, las que tienen apartamentos vendidos y alquilados. Expresa "con lo previsto en las disposiciones transitorias ¿qué sucederá con las familias que son propietarios en esos inmuebles mixtos?. Esas personas no podrán disponer de las viviendas"
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marzo 14, 2011

Ley de Alquileres de Venezuela señala que los arrendamientos son de interés público


El proyecto denominado Ley
 para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas declara que los alquileres "son de interés público general, social y colectivo". 
El nuevo texto va más de la Ley vigente, que fue modificada en el año 1999, porque ajusta su ámbito de aplicación. El pasado dos de marzo las organizaciones que agrupan a los inquilinos consignaron ante la Asamblea Nacional la reforma de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios con el fin de establecer más regulaciones al alquiler de casas y habitaciones, pero la propuesta también controlará la construcción y venta de viviendas principales. 

El marco legal actual norma a las edificaciones que fueron realizadas antes de 1987, en la propuesta ya no existen esos topes, y los controles se instrumentarán a todos los inmuebles sin importar su tiempo de construcción. Según los voceros de los inquilinos, si la vivienda fue terminada ayer y se alquila, la misma se regula. 

La ley reglamentará las rentas en pensiones y cuartos de casas particulares, porque para los movimientos de inquilinos en esos alquileres también se registra especulación. 

El arrendamiento de una vivienda ahora se tiene que enfrentar a más pasos. Los contratos requerirán de la revisión previa por parte de la Dirección de Inquilinato y una vez firmado el acuerdo, el documento debe remitirse a esa instancia, porque existirá un censo de contratos de alquiler. 

Adicionalmente, los cálculos de los cánones de arrendamiento se tendrán que efectuar de acuerdo a la metodología prevista en el texto. 

Las garantías que solicitan los propietarios al momento de arrendar se modifican, y las familias que alquilen tendrán que realizar dos meses de depósitos, cuando ley actual contempla cuatro meses. 

La propuesta establece la obligatoriedad de vender soluciones habitacionales. Las disposiciones transitorias indican que los propietarios de edificios de vieja data tienen que ofertar las viviendas a las familias que las habitan y la banca tiene que orientar créditos para esas adquisiciones. 

A las ventas se les imponen condiciones, debido a que aquellos que oferten las viviendas deberán realizar descuentos en los precios, los cuales dependerán de los años de contrato. 

Ante lo previsto en el proyecto, las constructoras ahora tienen que afrontar otro paso más para la realización de desarrollos habitacionales, debido a que requieren de un permiso adicional de Inquilinato. 

Y ese permiso se debe a que las constructoras de complejos habitacionales deberán destinar un porcentaje de apartamentos al arrendamiento, luego de un tiempo tendrán que venderlos a esas familias. 

El proyecto, que será revisado por una comisión especial del Parlamento, prohíbe los cobros por mostrar los inmuebles en oferta para rentar, y aquellos que lo hagan tendrán sanciones de 400 unidades tributarias (30.400 bolívares). 
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