El Gobierno avanza en la confección de la Bolsa Pública de Valores Bicentenaria, institución que ya tiene presidenta, directorio y el reglamento para las operaciones.
El ministro de Finanzas, Jorge Giordani, designó a Alessandra Navarro, como presidenta, mientras que William López y Anelkys de Castro serán directores principales.
El reglamento, aprobado por la Superintendencia Nacional de Valores, permite en su artículo 26 transacciones a plazo con "un período de liquidación entre uno o sesenta días hábiles bursátiles, contados a partir del día de la celebración de la operación".
Otro aspecto a tomar en cuenta es que en caso de que el vendedor no pueda cumplir el presidente de la Bolsa "puede ordenar la compra de las especies" en sesiones posteriores.
"Se le cobrará al usuario que incumplió la diferencia de precio, si fuera mayor al pactado", indica el artículo 36.
En caso de que incumpla el comprador, el presidente de la Bolsa "ordenará la venta de las especies".
"Si el precio que se obtenga es mayor que el pactado en la operación incumplida, la correspondiente diferencia quedará en beneficio de la Bolsa Pública, como retribución al servicio prestado".
La normativa abre espacio para que "comunidades organizadas, institutos autónomos, empresas privadas, pequeñas y medianas empresas o cualquier otra figura societaria", participen como emisores.
La inscripción de valores exige una larga lista de requisitos, entre los que se encuentran copia de balances, acta de la asamblea de accionistas donde se aprueba la transacción, prospecto aprobado y listado de accionistas que posean más de 5% de la empresa.
La norma añade que "la Bolsa Pública podrá requerir los recaudos que juzgue convenientes y necesarios con base a la naturaleza, características y particularidades de la emisión de dichos valores".
Para abrir espacio a la posibilidad real de que las "comunidades organizadas", que difícilmente pueden superar estas exigencias logren participar, se especifica que "a solicitud de la parte interesada, la Bolsa mediante resolución motivada podrá exceptuar el cumplimiento de alguno de los requisitos establecidos".
En su artículo 38 el reglamento afirma que "la Bolsa procurará establecer y mantener un sistema de información eficiente, que estará a la disposición de sus usuarios y del público".
El sistema permitirá lo que denomina "órdenes de condiciones especiales".
La orden "por lo mejor", "permite que "la misma asuma el mejor precio ofrecido por una contraparte al momento de su ingreso en los sistemas".
La condición mantenida "permite a una orden ser ejecutada en el día de su introducción al máximo de variación del precio permitido".
La condición "todo o nada" permite que la orden "se ejecute por la cantidad de valores expresada al momento de ser ingresada al sistema o será eliminada automáticamente".
También existe el tipo de orden que especifica una cantidad mínima de valores a negociar y la que solo muestra una porción del volumen a ser transado.
Finalmente existe la condición "ejecutar o anular" donde se puede negociar "tantos valores estén disponibles en el mercado a un determinado precio" eliminando el remanente.
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