No solemos insistir en temas que hemos tratado, aunque sea de forma somera o de manera tangencial en oportunidades anteriores. Así lo hemos realizado con las muy mal llamadas expropiaciones que se han constituido en el pan nuestro de cada día en las actuaciones de este desaforado régimen. Hoy, para contradecirnos, regresaremos sobre este tema que está atentando contra todos los ciudadanos.
Se comenzó con las expropiaciones de fincas agropecuarias en las que se invocó deficiencias documentales y/o subutilización de sus suelos. Ahora se expropian (sic) industrias, comercios y propiedades, para complacer los deseos del dictador.
Debemos insistir en el análisis de las expropiaciones a la luz de lo que impone la constitución de 1999.
El artículo 115 de dicho documento establece que Solo por causa de utilidad pública o interés social, mediante sentencia firme y pago oportuno de justa compensación, podrá ser declarada la expropiación de cualquier clase de bienes. (negritas nuestras). No se necesita ser abogado para entender que no se están respetando los derechos de los ciudadanos ni lo que expresa la carta magna.
Además, el citado artículo 115 está contenido en el Capítulo VII que nos regula los Derechos Económicos de los ciudadanos que están sometidos a la jurisdicción de la constitución, es decir, a TODOS los venezolanos, comenzando por el presidente de la república.
Las incautaciones y/o confiscaciones, que también están tratadas en el mismo capítulo, en el artículo siguiente, es todavía más específico pues limita estas acciones UNICAMENTE a los casos que la misma constitución establece.
La realidad que hemos vivido durante los últimos años es absolutamente diferente. El régimen que nos acogota, ha invocado unilateralmente un derecho inexistente con el que se permiten expropiar todo cuanto el dictador desea e intuimos que no existe, dentro del país, un tribunal que se digne a contradecirlo.
En consecuencia, si lo que está sucediendo en Venezuela, no cumple con los extremos legales y constitucionales para que se ubique en la categoría de expropiaciones y tampoco puede catalogarse ni está previsto en la constitución como causa de confiscación o incautación, debemos concluir que solo es posible denominarlo ROBO.
Llegaran los días en los que regrese la JUSTICIA a Venezuela. Llegarán los días en los que las buenas maneras y el respeto sean valiosos. Entonces, tendremos el inmenso trabajo de revertir las barbaridades que estamos viviendo.
Tenemos un presidente desaforado, que piensa que Venezuela es su feudo y que no tiene ningún tipo de limitaciones ni leyes que cumplir. Tenemos unos poderes postrados a los pies del dictador. Pero sabemos que tenemos un pueblo y un país, que en el momento oportuno, sabrán cobrar las afrentas y reparar los daños infringidos.
Dios y la Patria os lo demandarán, frase lapidaria que esperamos se cumpla.
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