noviembre 30, 2010

Ley de Emergencia para Terrenos Urbanos y Vivienda declara de utilidad pública terrenos urbanos ociosos

"Se declaran los terrenos urbanos ociosos o subutilizados y los factores y medios para la construcción de la vivienda familiar de interés social, como de utilidad pública e importancia estratégica para el buen vivir de la población, en las zonas que se decreten como de emergencia para la tierra urbana y la vivienda", propone el texto.

El texto, consignado por el Ejecutivo ante la Asamblea Nacional, plantea además que "en los casos de los inmuebles sometidos al régimen de arrendamiento, previamente adquiridos por el Ejecutivo Nacional para la ejecución de los planes de vivienda se establece un derecho de preferencia para la adquisición de éste al arrendatario que se encuentre en posesión del mismo o en su defecto a los habitantes del determinado sector que no posean vivienda propia de manera de favorecer las relaciones familiares y vecinales de los ciudadanos".

Este proyecto fue elaborado por el Ejecutivo para hacer frente a la emergencia generada por las lluvias.

El Universal

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