mayo 08, 2011

Gobierno venezolano analiza ajustes a los préstamos por Ley de Vivienda


Esta semana se publicó la resolución con los términos del cambio, la cual señala que para la compra de soluciones habitacionales por esa vía solamente accederán al crédito aquellas familias que devenguen ingresos hasta 5 salarios mínimos (7.037 bolívares), quienes ganen por encima de ese techo por ahora están excluidos. El Ejecutivo venezolano realiza ajustes a los financiamientos que se dan para la adquisición de viviendas principales y, como parte de ese proceso, ya se autorizó la modificación en las condiciones de la cartera hipotecaria obligatoria de la banca.  

Además del tope de ingresos, gran parte de los préstamos tienen que ser autorizados para la compra de viviendas en el mercado primario, y se redujo la porción de recursos que se orienta al mercado secundario. 

El próximo paso que contempla el Gobierno es la revisión de las condiciones de los créditos que se otorgan a través del Fondo de Ahorro Obligatorio, que es el mecanismo previsto en la Ley del Régimen de Vivienda. El Vicepresidente Territorial y ministro de Energía y Petróleo, Rafael Ramírez, ya indicó que están evaluando los topes de ingresos para optar y apuntó que "en su momento lo anunciaremos". 

Los niveles de ingresos previstos en la Ley de Vivienda se ajustaban según la Unidad Tributaria, pero en 2009 ese sistema se modificó por una escala de salarios, cuyo límite es 7.000 bolívares, de manera que las familias que perciben más de ese monto tampoco pueden recibir créditos por esa vía. 

Sobre las tasas sociales, las autoridades no han precisado si tendrán revisión. 

Los subsidios directos, los cuales se emplean para completar la compra de viviendas también se modificarán. Ramírez expresó que los beneficios serán otorgados para quienes perciban menos un salario mínimo hasta 4 salarios mínimos (1.407 a 5.628 bolívares). 

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