junio 12, 2011

Según Constitución venezolana Jaua debe asumir inmediatamente la presidencia de Venezuela

"No hay nada que interpretar, la Constitución es muy clara", afirmó Cecilia Sosa, ex presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, quien aseveró que el parlamento nacional debió proceder al nombramiento desde el viernes, cuando el canciller Nicolás Maduro informó sobre el estado de salud de Chávez. La Asamblea Nacional debe proceder en lo inmediato a nombrar a Elías Jaua como presidente temporal ante la ausencia del mandatario, Hugo Chávez, sometido a una intervención quirúrgica en Cuba por un absceso pélvico. 

Sosa explicó que "hay una vacante temporal desde que fue operado" el presidente, que debe resolverse como lo establece la Constitución de Venezuela. 

Según el artículo 234 de la Constitución, "las faltas temporales del Presidente del República serán suplidas por el vicepresidente Ejecutivo hasta por 90 días, prorrogables por decisión de la Asamblea Nacional por 90 días más". 

La decisión involucra un proceso que se iniciaría con la aprobación en el Poder Legislativo de la designación en conjunto con la Comisión de Política Interior. 

Sosa precisó que aunque Chávez no necesitó autorización para ausentarse cinco días, tampoco antes de irse juramentó a Elia Jaua como presidente encargado, por lo que tras la emergencia médica que registró en La Habana la situación cambió.

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