El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) informa a los contribuyentes que para hacer efectivo el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) correspondiente al ejercicio fiscal 2010, han sido autorizadas 16 instituciones bancarias con sedes en diversos puntos del país.
El Superintendente Nacional Aduanero y Tributario, José David Cabello Rondón, explicó que sólo a través de estos bancos deben efectuarse los pagos, bien por vía electrónica para las declaraciones por Internet si mantienen cuentas asociadas, o a través de las taquillas bancarias, para lo cual el contribuyente ordinario debe imprimir del sistema tres ejemplares de la planilla de pago
Y los contribuyentes especiales cinco ejemplares, o para los que declaren manualmente mediante la utilización de la planilla de declaración DPN 25, en caso de la primera y única porción, o mediante la Forma 02 para la segunda y tercera porción.
Bancos dispuestos
Las instituciones bancarias autorizadas por el organismo recaudador son las siguientes:
Banco Central de Venezuela, Banco Industrial de Venezuela, Banco de Venezuela, Banco del Tesoro, Bicentenario, Banco Occidental de Descuento, Banco Sofitasa, Citibank, Banco Fondo Común, Banco Mercantil, Banco Exterior, Banco Nacional de Crédito, Banco Provincial, Banesco, Corp Banca y Banco Guayana.
El SENIAT informa, además, que las instituciones avaladas para recibir los pagos electrónicos son las siguientes: Banco Industrial de Venezuela ( HYPERLINK “http://www.biv.com.ve” www.biv.com.ve), Banco de Venezuela ( HYPERLINK “http://www.bancodevenezuela.com” www.bancodevenezuela.com), Banco Mercantil ( HYPERLINK “http://www.bancomercantil.com” www.bancomercantil.com), Banco Occidental de Descuento ( HYPERLINK “http://www.bodinternet.com” www.bodinternet.com), Banesco ( HYPERLINK “http://www.banesco.com” www.banesco.com) y BBVA Banco Provincial ( HYPERLINK “http://www.provincial.com” www.provincial.com).
Para declarar
El Superintendente Cabello Rondón recordó que están obligados a declarar exclusivamente de manera electrónica, a través de la página web del Organismo ( HYPERLINK “http://www.seniat.gob.ve” www.seniat.gob.ve), todas las Personas Jurídicas y entidades sin personalidad jurídica, los funcionarios públicos y trabajadores al servicio de los órganos y entes públicos nacionales, estadales y municipales.
Las Personas Naturales calificadas como sujetos pasivos especiales por el SENIAT y toda persona natural cuya determinación no arroje impuesto a pagar, es decir tenga pago cero. También, de manera opcional, toda persona natural que registre pago de este impuesto, puede efectuarlo por vía electrónica.
Reiteró que para facilitar la declaración y pago del ISLR, el SENIAT mantiene activo un servicio permanente de orientación telefónica a través de la línea 08000 SENIAT (0 8000 736428) en horario comprendido de 7 de la mañana a 7 de la noche, así como el correo electrónico HYPERLINK “mailto:asiste@seniat.gob.ve” asiste@seniat.gob.ve, canales mediante los cuales los funcionarios adscritos a la Oficina de Relaciones Institucionales del ente recaudador, están preparados para aclarar las dudas que se presenten durante el cumplimiento del pago del ISLR.
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