marzo 08, 2011

Multas de hasta BsF 30.400 podrá tener dueño de vivienda si incumple Ley de Arrendamientos


La pena máxima de 400 unidades tributarias será para los dueños que cobren alquileres superiores a los fijados por la Dirección Nacional de Inquilinato venezolana o condicionen la suscripción del contrato de alquiler a la compra de bienes muebles que se encuentren en el área que se pretende arrendar.
También recibirán esta sanción los propietarios que, al vender el inmueble al inquilino, no apliquen los porcentajes de descuento establecidos en el proyecto de ley por el tiempo de la relación arrendaticia y por la fecha de construcción (en el caso de edificios para alquiler).
El proyecto de ley para la regularización y control de los arrendamientos, presentado por la Red de Inquilinos a la Asamblea Nacional, propone multas de 100 a 400 unidades tributarias (de 7.600 a 30.400 bolívares, al valor actual del indicador) para los propietarios de inmuebles que incumplan la norma. 
Los dueños que incumplan la prohibición de publicar anuncios de viviendas en alquiler en los cuales se exija a los potenciales inquilinos condiciones como no tener niños y ser extranjeros, u otras consideradas discriminatorias, serán castigados con 300 unidades tributarias (22.800 bolívares).
La multa para los propietarios que no informen a la Dirección Nacional de Inquilinato sobre los contratos de arrendamiento vigentes ­en un plazo de 90 días a partir de la promulgación de la ley, según la propuesta­ será de 200 unidades tributarias o 15.200 bolívares.
La sanción mínima de 100 unidades tributarias (7.600 bolívares) se aplicará a quienes alquilen viviendas adjudicadas por el Gobierno o no sometan el contrato de arrendamiento a la jurisdicción donde se encuentra el inmueble.
Para los inquilinos sólo se proponen multas de 30 unidades tributarias, o 2.280 bolívares, en los casos de que no garanticen el uso apropiado de la vivienda y subarrienden o traspasen el inmueble sin autorización del propietario.

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